Los últimos censos comprueban que los motoristas son responsables de al menos el 50% de los siniestros peatonales que suceden en California. Esto se debe a que al operar el automóvi golpean a un transeúnte y le generan lesiones severas o incluso la muerte. En gran parte de las situaciones, el motorista suele ser responsable porque los peatones cuentan con el derecho de paso.
El artículo 21950 del Código Vehicular señala que los motoristas poseen un deber de cuidado particular cuando transitan cerca de una caminería de peatones y deben respetar su derecho. No obstante, hay ciertos casos donde los transeúntes también son responsables. Lo realmente importante es que, usted sea plenamente consciente de sus derechos y las opciones que tiene disponible cuando se ve inmerso en un siniestro. En el bufete San Diego Personal Injury Law Firm, ubicado en San Diego, CA, estamos plenamente preparados para llevar estos casos, y lucharemos por sus derechos e intereses si se ve inmerso en un siniestro de peatones. ¡Llame ya!
¿Quién es responsable en un siniestro peatonal?
Previamente de tomar una decisión sobre si se presenta o no una demanda, se debe tener en consideración quién es el responsable del siniestro. Generalmente los involucrados son estas tres partes:
El transeúnte
Cualquier peatón que usa las vías públicas tiene el deber de ser prudente y responsable, una de las formas, es asegurarse de respetar las normas y leyes de tránsito para peatones. Ejemplo: Utilizar los pasos o caminarías para transeúntes, los semáforos, o aceras. Asimismo, debe evitar cualquier lugar con tráfico peatonal limitado o prohibido, como la autopista. En caso de que no lo realice, puede considerarse culpable en la ocurrencia del siniestro, sobre todo si se encontraba distraído o intoxicado.
El automovilista
Muchos siniestros suceden porque el motorista fue desatento o negligente. En esta situación, el automovilista será responsable de las posibles lesiones o pérdidas que suceden. Aun cuando manifieste que no posee ninguna responsabilidad, esto no lo exime. Aunado a la interposición de la demanda en el ámbito civil contra el conductor, también es posible acusarlo en el ámbito penal por negligencia o el delito de homicidio culposo en caso de que la víctima muera.
Naturaleza
En ciertas ocasiones el siniestro no es responsabilidad del peatón o el motorista, debido a que, factores externos como: el clima, el mal estado de las vías, o la poca visibilidad, pueden conllevar a que el motorista no se dé cuenta de la presencia del transeúnte a tiempo y detenga el automóvil. También, en otras oportunidades ni el motorista, el peatón, o la naturaleza son culpables del siniestro, sino una tercera persona. Ejemplo: Una cera que esté diseñada de forma incorrecta y genere un siniestro por tropiezo y caída del transeúnte. En este escenario, puede presentar la demanda contra la empresa de construcción de la acera.
¿Qué se debe hacer luego de un siniestro con un transeúnte involucrado?
Frente al escenario de que una persona resulte lesionada por un automóvil, es fundamental que acuda a un servicio médico. Por su parte, si sufrieron heridas graves, tienen que comunicarse con el 911 o solicitarle a otro sujeto que esté cerca que lo realice. Es importante asistir al médico, aunque crea que está en perfectas condiciones, ya que, puede sufrir lesiones internas. Incluso, una simple caída puede generar lesiones de cabeza, cuello, o espalda. Por esto, es recomendable que un profesional de la salud lo examine. Al igual que los afectados en accidentes de tránsito, las lesiones pueden aparecer después del siniestro, pero con el pasar del tiempo el sufrimiento y la severidad incrementa. Las lesiones medulares y cerebrales también empeoran rápidamente si no se obtiene atención médica.
Otro paso que debe realizar el afectado es recoger información, en este sentido, tiene que anotar o grabar cualquier dato que considere relevante. Entre estos datos se incluyen: nombre del motorista, información personal y de contacto, licencia, datos del seguro, matrícula del automóvil, datos de los posibles testigos, entre otros. También, tiene que tomar fotos o videos del sitio del siniestro y los datos del auto con el teléfono. Es ideal tomar fotografías de las lesiones que sufrió la víctima, y si no puede realizarlo por la severidad de las heridas, puede pedirle a otro sujeto que lo realice.
Asimismo, el afectado no tiene por qué disculparse con el otro involucrado luego del siniestro, puesto que, esta parte puede usar sus palabras de disculpa para perjudicarlo. Es importante no hablar sobre los posibles hechos que generaron el accidente o un comentario innecesario. Cualquier información que diga el afectado puede utilizarse en su contra para crear un caso exitoso. La mejor opción de la víctima es comunicarse inmediatamente con un buen abogado, quien será el encargado de asesorarle y decirle los pasos a seguir.
Se debe señalar que, en un caso por lesiones personales, la Corte es quien toma la decisión respecto al responsable. Por tanto, no se debe aceptar la culpa, particularmente si no se conoce quién fue el verdadero responsable.
¿Es posible interponer una demanda por un accidente peatonal con atropello?
Existen algunas situaciones en las que el motorista atropella a un transeúnte y después se escapa del sitio del siniestro. Dicho conductor estará quebrantando el artículo 20002 del Código Vehicular, y enfrentará cargos en el ámbito penal que son castigados con penas desde seis meses de prisión en el condado o el pago de multas por un valor de $1.000 como máximo. En caso de que el motorista sea atrapado, el afectado puede interponer una demanda por los daños y perjuicios que sufrió. Pero, si el automovilista no es atrapado o no posee seguro, puede recibir una indemnización de la propia aseguradora.
Recuperación de los daños en siniestros peatonales
Los afectados por siniestros peatonales pueden interponer una demanda en contra del sujeto culpable para que los indemnice por los perjuicios y daños generados. Existen dos tipos de daños: Los económicos y no económicos. Respecto a los daños económicos se incluyen las facturas médicas actuales o futuras, rehabilitación, salarios que dejó de percibir, entre otros. Por otra parte, los no económicos son aquellos que no pueden valorarse, ejemplo, la incapacidad de gozar la vida, angustia emocional, sufrimiento, dolor. Es importante mencionar que, estos daños no pueden estimarse, pero el impacto si se indemniza con dinero. Ahora bien, la víctima debe comprobar la negligencia o imprudencia del motorista para incrementar la posibilidad de ser compensado. Entre lo que se tiene que comprobar se encuentra:
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La parte responsable tenía un deber legal de cuidado.
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Esta parte incumplió con su deber al realizar la conducta negligente.
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Dicha negligencia del responsable conllevo a la ocurrencia del siniestro.
Muchos casos de lesiones personales requieren negociaciones entre la aseguradora y el afectado. El responsable tiene la obligación de indemnizar al afectado por los costos de las heridas y pérdidas que sufrió por medio de su póliza de seguro. No obstante, el proveedor de la empresa aseguradora puede limitar la reclamación para que pague una cifra menor. Aunque este se presente como preocupado, su principal fin es usar estrategias que le permitan reducir su compensación. Por tanto, en caso de que la víctima quiera obtener la compensación por sus pérdidas, tiene que asegurarse de contactar a un buen abogado experto en el área. Un profesional del derecho sabe las técnicas a usar al negociar con la empresa aseguradora, además, se debe evitar hablar con la aseguradora para aceptar o no un acuerdo sin presencia de un experto.
Causas de los accidentes peatonales
En muchas ocasiones, los siniestros peatonales ocurren por la imprudencia o negligencia del conductor. Pero, esto no conlleva a que el afectado no tenga parte de culpa. Los motoristas pueden ser los causantes de siniestros peatonales por medio de las siguientes acciones:
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Realizar un giro a la izquierda sin percatarse si se aproxima un transeúnte.
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Bicicletas, deportistas, o corredores en la calle que puedan atropellar al peatón.
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No tener consciencia sobre la velocidad a la que opera el auto.
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No darle paso en las caminerías de transeúntes.
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Un animal o perro sin control.
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Conducir de forma imprudente, ejemplo, enviando SMS, comiendo, o hablando por teléfono.
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Ignorar el semáforo en rojo o las señalizaciones de tránsito.
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Operar el vehículo en un paso peatonal.
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Los siniestros peatonales no son sólo los generados por motoristas negligentes.
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Ferias callejeras repletas de personas.
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Patinar en plena vía pública.
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Grupos peatonales que no dan paso a otros transeúntes cuando caminan por la acera.
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Automóviles con espejos laterales demasiado grandes que se acercan hasta las aceras.
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Otros transeúntes que caminan distraídos, ejemplo, apreciando sus celulares.
Grupos de individuos que no comparten las caminerías
Es posible que no exista una normativa particular respecto al derecho de paso en las aceras. Pero, gran parte de las personas son lo suficientemente cortés o educadas para quedarse a un lado y dar espacio a los sujetos crucen hacia otro lugar. A veces, los grupos o jóvenes intentan hacerse los odiosos y no permiten el paso de otros transeúntes.
En este caso, ese grupo de sujetos que atropella al peatón en la acera, serán culpables de las lesiones generadas a la víctima. Les corresponderá a los miembros del jurado establecer la negligencia, si estos consideran que el grupo fue imprudente al no darle paso al peatón e incumplió el deber de cuidado y generó el siniestro, el afectado recupera los daños y perjuicios.
Corredores en las aceras
Muchos sujetos en el Estado de California usan las aceras para realizar sus actividades deportivas o mantenerse lejos de las vías. Gran parte de los corredores están dispuestos a compartir las aceras, sin embargo, algunos desconsiderados o imprudentes realizan amenazas de atropellar a los transeúntes. En caso de que un corredor choque contra un peatón, su fuerza y velocidad pueden derribarlo con facilidad al suelo o la calle conllevándole a sufrir lesiones severas.
Las bicicletas que circulan por las aceras atropellan a los peatones
Usualmente los transeúntes pueden ser víctimas de las bicicletas que van por las aceras. Pero, ir manejando una bicicleta por esta área es una política que toma cada ciudad. De forma que, en ciertas partes del Estado, conducir una bicicleta en las aceras es una clara violación a la ley, por su parte, en otras ciudades es completamente legal. No obstante, si un ciclista realiza una conducta negligente y genera un siniestro, éste se considerará responsable por las heridas causadas, aun cuando sea legal operar una bicicleta en la calle.
Un ejemplo de esta situación, es que en Los Angeles se establece que operar una bicicleta por la acera se considera legal, siempre que no se lleva a cabo con un desprecio gratuito o intencionado por la vida y seguridad de los demás. Si una persona circula una bicicleta por la vía y choca con un peatón, generando un siniestro, la víctima puede obtener una compensación por los daños sufridos comprobando lo siguiente:
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El ciclista actuó de forma negligente al generar el siniestro, ejemplo, operaba el vehículo demasiado rápido.
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El ciclista conducía la bicicleta con desprecio gratuito o intencionado por la seguridad de otro, como ejemplo, realizando un salto en los pies de los transeúntes.
En los lugares en los que la utilización de la bicicleta en la vía es legal por la ley local o municipal, un ciclista que genera un siniestro puede considerarse culpable de las heridas generadas. El incumplimiento de una normativa de tráfico de este tipo puede calificarse como negligencia per se en los accidentes peatonales.
Un perro sin control que arrolla a un sujeto
Las personas que sean propietarias de mascotas y que no puedan controlarlas serán consideradas responsables de los siniestros que estos causen. Generalmente, un perro grande puede saltar sobre un niño y dejarlo caer, también puede perseguir a un transeúnte haciendo caer al suelo y sufrir fuertes lesiones. En este sentido, el animal fue el que ocasionó el siniestro, pero los propietarios serán los culpables de su acción.
Ahora bien, si una mascota choca o ataca a un transeúnte, el afectado deberá comprobar que el propietario del animal fue negligente. De manera que, puede requerir probar que el dueño conocía o debió conocer que su perro sería un peligro para los demás y no hizo lo que estaba en sus manos para prevenir el daño.
No obstante, si el dueño del animal está incumpliendo un estatuto local o estatal, cualquier herida causada por el animal puede conllevarlo a ser responsable según las normativas de "negligencia per se" de California, lo cual puede incluir el mantener un perro sin correa en una zona que se encuentra prohibida o requiere el uso de correa.
Tipos de lesiones que pueden sufrir una persona en un siniestro de peatones
Si un sujeto es golpeado por un automóvil que transita a poca velocidad, es posible que sufra lesiones severas. Por ello, gran parte de los afectados en siniestros peatonales que sobreviven al mismo sufren lesiones desastrosas o severas. Algunas de estas heridas son:
Lesiones generadas por amputación
La persona que sufra fractura de huesos como consecuencia de un siniestro peatonal está en una situación grave, ya que, esta lesión le puede generar daños en los tejidos y los vasos sanguíneos si no se trata en el momento oportuno, llegando a la amputación de sus extremidades. Esto suele suceder en el sitio del siniestro o después, cuando los profesionales de la salud evalúan los daños y no tienen otra manera de tratar la lesión.
El proceso de rehabilitación de las lesiones por amputación suele durar bastante tiempo, y hay probabilidad de que el afectado quede incapacitado para toda la vida. Además de sufrir heridas físicas, puede tener trauma psicológico, lo que dificulta su capacidad de realizar tareas normales y disfrutar sus actividades. Aunado al dolor, estas heridas conllevan grandes facturas médicas que resultan una carga para la víctima y sus familiares. Por tanto, es razonable que, si el motorista fue negligente, asuma su culpa y pague los daños causados. Pero, para lograrlo se necesitará de la asistencia legal de un buen abogado con experiencia en daños personales.
Lesiones cerebrales severas
Suele suceder que las víctimas de siniestros peatonales sufran lesiones cerebrales, ya que, no tienen nada que los proteja cuando caen al suelo. Algunas de estas lesiones son por un periodo de tiempo determinado, pero, otras duran toda la vida. Esto conlleva que su salud se vea afectada y el funcionamiento común de su vida cambie completamente.
De igual forma, puede sufrir daños severos en los órganos internos. En los siniestros peatonales interviene un automóvil y el cuerpo, es decir, que la posibilidad de que los órganos se dañen producto de la fuerza del impacto es mayor. Ello conlleva a que los pasajeros sufran una hemorragia interna o la muerte si las heridas no son tratadas a tiempo.
Por otra parte, cuando las personas se golpean fuertemente sufren lesiones en la cabeza. El automóvil puede golpear contra la cabeza de algún pasajero o lanzarle golpes contra un árbol u objeto al aterrizar.
Fracturas
Cuando un automóvil golpea a una persona, es probable que ésta sienta el impacto del hecho en los muslos y la pelvis. Esto generará diversas fracturas óseas, que, según la severidad y tipo de lesiones, los huesos rotos tardarán en sanarse. También, le será difícil retomar sus actividades diarias o regresar a su empleo habitual.
Normativa de derecho de paso para los transeúntes en el Estado de California
En caso que un sujeto sea peatón o transeúnte, tiene que saber cuáles son los derechos que posee cuando está caminando en una vía, ya que, cuando suceda un siniestro toda la culpa puede recaer sobre él. En este sentido, el Código Vehicular 21950 establece que, si usted cruza la vía y se encuentra en el paso peatonal marcado o no, el motorista tiene la obligación de dejarlo pasar.
Asimismo, la persona no tiene que abandonar un sitio seguro y caminar hacia la vía de un auto que se aproxima y que esté lo suficientemente cerca como para verse inmerso en un siniestro. Esta ley es muy ambigua, debido a que, no es claro que se califica como un siniestro inmediato, o a que distancia tiene que encontrarse un automóvil para que el transeúnte pueda cruzar. Por esta ambigüedad, la aseguradora señala una vía para impugnar una reclamación de lesiones personales por un accidente peatonal.
Por otra parte, se considera ilegal que un transeúnte camine por la vía sin utilizar debidamente la caminería o paso de transeúntes, según el Código Vehicular 21954. Este cuerpo normativo requiere que la persona que camine en una vía que no está considerada como paso peatonal marcado o no, deba ceder el paso a cualquier vehículo en esa calle que esté cerca para verse inmerso en un siniestro inmediatamente. Es decir, que los transeúntes no siempre poseen el derecho de paso, y tienen que ceder su derecho cuando crucen en un sitio que no se califique como paso de transeúntes.
Se debe tener en consideración que, aunque la persona no esté cruzando la vía por un paso de transeúntes, la responsabilidad no recaerá de manera total sobre ésta en caso de que suceda un siniestro. El motorista también tiene parte de culpa, porque la ley establece que todo operador tiene el deber de ser cuidadoso y prudente con la vida de las demás personas. Esto implica también, si el transeúnte está cruzando de forma ilegal una vía y un automóvil que se acerca tiene tiempo suficiente para disminuir la velocidad, el motorista tiene la obligación de realizarlo.
¿Cómo puedo ponerme en contacto con un abogado experto en accidentes peatonales cerca de mí?
En caso de que usted se vea afectado por algún accidente peatonal, no tiene que pasar por este proceso solo. Para ello, puede comunicarse con nuestro bufete San Diego Personal Injury Law Firm, ubicado en San Diego, CA, quienes cuentan con un buen equipo de abogados dispuestos a ayudarle y asesorarle en su caso. Para obtener más información llame al siguiente número 619-478-4059 y se le agendará una cita inmediatamente. ¡Llame ya!